Informe de nómina anual de compensación de los trabajadores

Todas las PTA deberán pagar la prima base de Compensación al Trabajador, que es parte del Programa de seguro de la PTA de California, si contratan o no contratan a empleados.

Cada PTA deben presentar el Informe de planilla anual de compensación al trabajador a no más tardar el 31 de enero de cada año. Este informe cubre el período del 5 de enero al 4 de enero del año siguiente. Si no se contrató a nadie, complete toda la información solicitada y escriba “No Se Pagó a Nadie”, firme y reenvíe según lo indique la PTA del Estado de California.

Cualquier portador a quien la PTA pago directamente debe estar incluido en la lista por nombre individual del trabajador, tipo de trabajo realizado, fechas trabajadas, monto pagado y si esta persona tiene su propio Seguro de Compensación de Trabajadores en el Informe Anual de Compensación de Trabajadores (Fig. F-10 o Formularios). Si la PTA no le paga al empleado directamente sino que dona el dinero a la escuela, no incluya el nombre del trabajador en este informe.

Si el total de los pagos (brutos) a TODOS los portadores son más de $1,000, una PTA incurrirá en una prima adicional.

Por ejemplo, $2.500 pagos totales (bruto), menos $1.000 = $1.500 x 5% = $75 prima para este PTA. $200 (prima base) + $75 (5% sobrecargo) = $275 (prima total).

Las PTAs pueden evitar pagar esta prima adicional al no contratar ni realizar pagos a portadores que no tengan un seguro de compensación de trabajadores independiente. Si los afiliados a la PTA votan para aprobar un programa que requiera hacer pagos a personas individuales en cualquier capacidad, pida al distrito escolar que emplee y pague a esa persona, y obsequie los fondos al distrito escolar, por el gasto. Esto no solamente reduce el costo de mantener los programas, sino ofrece una capa adicional de protección contra potenciales responsabilidades civiles y retira a la PTA la responsabilidad de llenar formularios de reportes gubernamentales y deducciones de planilla. Si el distrito escolar paga a la persona con dinero obsequiado por la PTA, la PTA NO tiene que reportar esta actividad en el Informe de planilla anual de compensación al trabajador.

Para más información sobre el Seguro de Compensación a los Trabajadores, revise la Guía de seguros.

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