Escuelas autónomas (charter)

Adoptado en marzo de 2003 – Revisado y considerado relevante Mayo de 2021 – Comisión de Educación

PTA de California considera que las escuelas autónomas tienen un lugar importante en nuestro sistema educativo público debido a que pueden ofrecer mayores opciones educativas a los padres y niños del jardín de infantes al grado 12º y pueden servir como laboratorio para programas que se pueden replicar en otras escuelas públicas. Las escuelas autónomas públicas son más productivas cuando son propuestas, desarrolladas y evaluadas en sus propias comunidades. La PTA reconoce que se deben asignar recursos necesarios, incluyendo instalaciones a los estudiantes de las escuelas autónomas y el distrito autónomo la supervisión responsable y adecuada del rendimiento de las escuelas autónomas.

La PTA también considera que las escuelas autónomas no deben ser manejadas por organizaciones con fines de lucro, ni estar afiliadas a escuelas privadas, religiosas o basadas en el hogar.

La PTA considera que una escuela autónoma debe:

  • Estar ubicada dentro de la misma jurisdicción de su distrito autónomo u oficina de educación del condado.
  • Proveer un ambiente de aprendizaje saludable y seguro para todos los niños.
  • No discriminar a ningún estudiante debido a su raza, color, origen étnico, nacionalidad, religión, sexo, habilidades o discapacidades, orientación sexual, idioma, situación socio-económica, o estatus migratorio.
  • Ser financiadas con fondos públicos de una manera que sea equitativa y no reduzca los recursos, por alumno, para otras escuelas públicas de entidad chárter.
  • Ser fiscal y académicamente responsable ante los padres y la comunidad a instancias de la entidad autónoma.
  • Estar sujeta a las mismas leyes sobre conflicto de intereses que obligan a otras escuelas públicas.
  • Estar ubicada en instalaciones que cumplan con las normas del código de construcción escolar y de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA).
  • Proveer un plan de estudios alineado con los estándares de contenido académico de California y ofrezca como mínimo la cantidad de tiempo de educación que establece el Código de Educación de California y que requerir a los estudiantes cumplir con los requisitos estatales mínimos para la graduación.
  • Cumplir con todos los requisitos de evaluación y reporte estatal y federal, y exigir o exceder el mismo estándar de responsabilidad académica que otras escuelas públicas.
  • Adherirse a todos los requisitos estatales y federales en materia de evaluación y presentación de informes y cumplir con los mismos estándares de responsabilidad académica que las demás escuelas públicas.
  • Pertenecer a un Área de Planificación Local de Educación Especial (SELPA) para propósitos de financiamiento de educación especial y proveer a los estudiantes con necesidades especiales todos los servicios dispuestos en sus Planes de Educación Individualizada (IEP) y el Acuerdo 504.
  • Contratar a maestros y administradores que cumplan con los mismos requisitos de acreditación que los de sus colegas en las escuelas públicas de California.
  • Incentivar la capacitación y el desarrollo profesional constante entre los maestros.
  • Involucrar a los padres en la toma de decisiones importantes.
  • Mantener actualizados los registros de los estudiantes, y tenerlos a disposición de los padres y el distrito autónomo para su inspección, asegurarse de que los registros sigan a los estudiantes que se retiran o son expulsados de una escuela autónoma y notificar al distrito autónomo cuando un estudiante deja la escuela autónoma por cualquier razón.