Adoptado en marzo de 1983 – Revisado y considerado relevante Mayo de 2021 – Comisión de Educación
La PTA de California considera que
- Todas las personas con necesidades excepcionales deben recibir educación pública gratuita y adecuada en un entorno académico con el menor número de limitaciones; esta ubicación debe incluir los servicios adecuados que aseguren el acceso al programa de estudios central, sobre la base de las necesidades individuales.
- Los Programas de Educación Individualizada (IEP) deben desarrollarse sobre la base de las necesidades del estudiante individual y la transición de los estudiantes individuales. La evaluación exacta del dominio del idioma inglés, el idioma materno y las destrezas académicas del estudiante es necesaria para asegurar su ubicación en el programa que satisfaga mejor sus necesidades educativas.
- La meta del IEP debe consistir en proporcionar a cada estudiante las destrezas académicas, vocacionales y cotidianas necesarias para convertirse en un adulto productivo e independiente.
- El comité del IEP debe determinar el nivel académico dentro del programa, los servicios relacionados necesarios y las opciones escolares a ofrecer.
- El o la maestra de educación general debe formar parte del comité del IEP.
- El distrito escolar o la oficina de educación del condado debe proveer el servicio de transporte adecuado para satisfacer las necesidades individuales según el IEP.
- Los padres de familia o tutores tienen derecho, la obligación y la responsabilidad de participar activamente antes y durante todo el proceso.
- Se debe obtener el permiso de los padres de familia antes de realizar exámenes y pruebas de evaluación o cambios en las opciones escolares del programa del estudiante.
- Los padres de familia deben ser informados por escrito y tener todas las oportunidades posibles de asistir a las reuniones y evaluaciones del IEP. También deben recibir una copia completa del IEP.
- Los padres deben involucrarse como participantes a lo largo del proceso.
- Todos los maestros y el personal escolar deben estar capacitados y ser conscientes de las necesidades especiales de los estudiantes excepcionales.
- El financiamiento de las necesidades no educativas de los estudiantes de educación especial debe provenir de fuentes que no sean los fondos para la educación. La PTA de California considera, además, que es esencial que la Legislatura asigne los recursos adecuados para financiar completamente todos los programas y servicios obligatorios.
† Ver declaración de postura relacionada: Financiación de programas obligatorios: efecto sobre la educación pública. Ver también resúmenes de declaraciones de postura relacionadas de la PTA Nacional: Educación de niños discapacitados (1994); Educación de estudiantes discapacitados (1991); Niños con necesidades especiales (1989); Programas deportivos y de educación física para niños con impedimentos en el desarrollo (1990). Todas éstas se encuentran bajo el apartado “Ciudadanía e igualdad de oportunidades”, en la sección III “Leyes y propugnación” del documento Guía de referencia rápida de la PTA Nacional.