(Impreso para incluir las enmiendas del 13 de mayo de 1925, 26 de mayo de 1926,
4 de mayo de 1960, 30 abril de 1975, 5 de mayo de 1978 y 5 de mayo de 1982)
SEPAN TODOS POR ESTE DOCUMENTO:
Que nosotros, los abajo firmantes, en su mayoría ciudadanos y residentes del estado de California, en este día nos hemos asociado voluntariamente con el propósito de formar una sociedad según las leyes del Estado de California y por la presente adoptamos la siguiente acta de constitución y certificamos:
1) Que el nombre será CALIFORNIA CONGRESS OF PARENTS, TEACHERS AND STUDENTS, INC. (Modificado el 13 de mayo de 1925, aprobado por la Corte el 16 de noviembre de 1925 y el 5 de mayo de 1978)
2) Que los objetivos de su formación son desarrollar obras filantrópicas, educativas y de caridad; aceptar y administrar, según estos términos y condiciones, dotaciones, anualidades, testamentos, legados, reliquias, donaciones y contribuciones; eregir y construir y por consiguiente darle mantenimiento a un edificio o edificios para el uso y propósito del Congreso y sus miembros; comprar, adquirir y obtener por concesión, donación, testamento, arrendamiento o por otros medios, bienes muebles o inmuebles para los objetivos del Congreso y sus miembros; gravar con hipoteca, escritura de fideicomiso o por otros medios, sus bienes muebles o inmuebles así como firmar, emitir y entregar el o los pagarés y otros compromisos escritos relacionados con esto; prestar dinero o solicitar préstamos de dinero con o sin garantías; arrendar u otorgar contratos de arrendamiento con opción de compra de propiedades a su nombre; ejercitar éstas y otras facultades que sean propias y necesarias para llevar a cabo los propósitos anteriores y los negocios comunes y habituales de una organización del Estado como la que aquí se incorpora. (Modificado el 4 de mayo de 1960 y el 30 de abril de 1975).
3) Que la sede central para la transacción de los negocios de la corporación está localizada en el condado de Sacramento, California. (Modificado el 4 de mayo de 1960 y el 4 de mayo de 2007.)
4) Que los términos de existencia de dicha corporación son perpetuos. (Modificado el 4 de mayo de 1960.)
5) Dicha corporación está organizada según y de acuerdo con la General Nonprofit Corporation Law of the State of California (Ley General para las Corporaciones sin Fines de Lucro del Estado de California) y no poseerá acciones de capital ni tiene la intención de obtener ganancias pecuniarias, lucro o dividendos para sus miembros. Que ninguna parte de sus ingresos o recursos pasará al beneficio de ninguno de sus miembros o individuos, excepto en el caso de un individuo que indirectamente se pueda beneficiar de la remuneración recibida por realizar tareas administrativas específicas para el funcionamiento de la PTA. Que los bienes y propiedades de esta corporación están irrevocablemente dedicados a propósitos filantrópicos y de caridad, y que en caso de disolución de la organización o renuncia por parte de sus miembros, estos no pasarán como beneficio de ninguna persona, sino que se distribuirán al National Congress of Parents and Teachers (Congreso Nacional de Padres y Maestros) o al Estado de California. (Modificado el 4 de mayo de 1960 y el 5 de mayo de 1978.)
6) Que el número de directores no será menor a 13 (trece) ni mayor a 16 (dieciséis), con el número exacto de directores a ser fijado, dentro de los límites especificados, mediante aprobación de sus miembros, en la forma establecida por los estatutos. (Modificado el 26 de mayo de 1926, el 30 de abril de 1975 y el 5 de mayo de 1982.) Además, que los nombres y las residencias de los directores designados para el primer año y que prestarán servicio hasta la elección y calificación de tales oficiales, son los siguientes:
Sra. Ewing, 70 E William St., San José, California
Sra. Bradford, 1550-39 St., Sacramento
Sra. Sheehan, 117 Alpine Terrace, San Francisco
Sra. Dorsey, 435 So. 10th St., San José
Sra. Painter, 2209 Ward St., Berkeley
Sra. Bates, 3584 Grim Ave., San Diego
Sra. Dale, Mountain View
Sra. Goodale, Anaheim, California
Sra. Cross, 604 Benton St., Santa Rosa
Sra. Gray, Los Ángeles
7) Que estas cláusulas se archivan bajo la autoridad otorgada en la convención anual del Congreso de Padres y Maestros de California, Inc., debida y regularmente reunida, llevada a cabo en Stockton, Estado de California, el 9 de mayo de 1923; y que los directores nombrados en esta acta de constitución fueron escogidos por voto en la convención.
8) Que tales actos se llevaron a cabo en conformidad con la constitución y los estatutos del Congreso de Padres y Maestros de California, Inc.
EN FE DE LO CUAL, nosotros, la Presidenta y la Secretaria del citado Congreso de Padres y Maestros de California, Inc., a continuación firmamos y sellamos el día nueve de mayo de mil novecientos veintitrés.
Sra. Ewing, Presidenta (sello)
Sra. Sheehan, Secretaria (sello)
La Secretaría de Estado del Estado de California ha archivado y aceptado el Acta de Constitución original y todas sus modificaciones. Además, se han presentado copias certificadas ante el Secretario del Condado de Los Ángeles.
Se archivan copias en la oficina estatal del Congreso de Padres, Maestros y Estudiantes de California, Inc.