{"id":3315,"date":"2013-11-12T15:29:06","date_gmt":"2013-11-12T23:29:06","guid":{"rendered":"http:\/\/toolkit.capta.org\/finance\/banking\/returned-not-sufficient-funds-checks\/"},"modified":"2020-08-03T12:01:03","modified_gmt":"2020-08-03T19:01:03","slug":"returned-not-sufficient-funds-checks","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/toolkit.capta.org\/es\/finance\/banking\/returned-not-sufficient-funds-checks\/","title":{"rendered":"Cheques devueltos por insuficiencia de fondos"},"content":{"rendered":"<p>Cada PTA debe establecer procedimientos de control para cheques con fondos insuficientes (NSF). Como m\u00ednimo, las PTA deber\u00edan requerir que el beneficiario sea responsable de cualquier cuota que el banco haya cargado por la transacci\u00f3n. Estos procedimientos deber\u00edan documentarse en las reglas vigentes.<\/p>\n<p>Los siguientes son consejos para manejar los cheques recibidos por la PTA en pago por bienes o servicios y devueltos por el banco por insuficiencia de fondos (NSF, por sus siglas en ingl\u00e9s):<\/p>\n<ul>\n<li>Llame al emisor del cheque, explique que el cheque fue devuelto por su banco y explique la raz\u00f3n dada por el banco. Recuerde mencionar que el emisor es, a partir de ese momento, responsable por cualquier cargo que haga el banco por la transacci\u00f3n. Documente todas las conversaciones, incluyendo los intentos infructuosos de ponerse en contacto con el emisor del cheque.<\/li>\n<li>Si dentro de 10 d\u00edas la unidad no ha recibido el pago, p\u00f3ngase en contacto de nuevo con el emisor del cheque para discutir el asunto.<\/li>\n<li>Si a los 30 d\u00edas del contacto inicial a\u00fan no se ha recibido el pago, env\u00ede al emisor del cheque una carta certificada:\n<ul>\n<li>Explique detalladamente por qu\u00e9 se le debe el dinero a la PTA.<\/li>\n<li>Exija el pago en efectivo o en un giro bancario m\u00e1s el cargo del banco. No acepte otro cheque. (Para efectivo, gire un recibo por escrito al pagador, firmado por dos personas y el pagador).<\/li>\n<li>Exprese en la carta que, de acuerdo con el C\u00f3digo Civil de California \u00a71719, si la unidad recurre a la Corte de Demandas de Menor Cuant\u00eda, se demandar\u00e1 por el monto del cheque m\u00e1s tres veces ese monto en concepto de da\u00f1os.<\/li>\n<li>Guarde una copia de la carta en los archivos.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>La decisi\u00f3n de litigar un asunto de dinero en las cortes deber\u00e1 tomarse con una votaci\u00f3n de la junta ejecutiva de la PTA. Si la unidad o el consejo es una sociedad mercantil, ver los estatutos de constituci\u00f3n para determinar qui\u00e9n debe participar en la toma de dicha decisi\u00f3n. Recuerde que esto es un asunto confidencial y no debe discutirse fuera de la reuni\u00f3n de la junta ejecutiva.<\/p>\n<p>El tribunal puede requerir que la PTA presente una copia de una moci\u00f3n autorizando la presentaci\u00f3n de la reclamaci\u00f3n y a la persona autorizada para representar a la asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para la direcci\u00f3n, las reglas y los procedimientos apropiados para presentar el caso a la Corte de Demandas de Menor Cuant\u00eda, consulte con la oficina de la corte municipal correspondiente a la zona de la unidad. Puede ser necesario entregar a la oficina de la corte una copia de las actas que incluyen la moci\u00f3n (resoluci\u00f3n) que designa a ciertos funcionarios para representar a la asociaci\u00f3n ante la corte.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cada PTA debe establecer procedimientos de control para cheques con fondos insuficientes (NSF). 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